2. SISTEMA DE DILIGENCIA DEBIDA (SDD). Elementos.
2.2. EVALUACIÓN DE RIESGO.
Artículo 6 - Evaluación de principios y tipos de riesgos
- La parte relativa al Sistema de Evaluación de Riesgos es la más
compleja y delicada de un Sistema de Diligencia Debida (SDD), si
bien el Reglamento EUTR exige desarrollarla.
- El concepto que podemos denominar “Riesgo país” sobre el
origen de la madera o productos de maderas bastante reciente y
se ha venido desarrollando a raíz de la publicación de los primeros
informes sobre tala ilegal que se dieron a conocer a comienzos de
este siglo.
- Teniendo en cuenta dicha complejidad, esta empresa, en
consonancia con las Directrices de AEIM, pretende analizar esta
problemática rigurosamente y también teniendo en cuenta los
criterios de la “European Timber Trade Federation” (ETTF). para
avanzar hacia una armonización en la evaluación de riesgos (risk
assessment) a nivel europeo.
- Por lo tanto, siguiendo los principios del FLEGT y del EUTR, esta
empresa, asumiendo asimismo las directrices de AEIM, pretende apoyar y colaborar con los países productores y exportadores de madera y productos derivados, para erradicar de sus territorios el grave problema de la tala ilegal y contribuir a avanzar en la legalidad forestal y la cadena de suministro.
Artículo 7 - Tipos de riesgos en el comercio internacional de madera y productos de la madera
Las empresas asociadas, en concordancia con lo establecido por AEIM,
cuando nos referimos a “evaluación de riesgos” en relación a la madera y productos de madera, y especialmente a la “asignación de riesgos” podemos referirnos a:
- Riesgo país: Nos referimos siempre al origen forestal de la
materia prima (madera), no al país donde el producto ha sido
fabricado.
- Riesgo producto: Se establece en función principalmente de la
complejidad del producto de que se trate, así como de la
dificultad en la trazabilidad de la cadena de suministro.
También se tiene en cuenta en este tipo de riesgo la información
sobre predominancia del aprovechamiento ilegal de especies
arbóreas concretas, según se establece en articulo 6 b) del
Reglamento 995/2010 (Reglamento EUTR).
- Riesgo empresa proveedora. En este caso se evalúa si las
empresas proveedoras no han sido procesadas o sancionadas por
parte de las autoridades de los países donde operan. La
consideración de este tipo de riesgo va perdiendo importancia,
dado que lógicamente, aquellas empresas proveedoras que no
cumplen estrictamente con la legislación del país donde operan,
van quedando marginadas en el mercado.
Al respecto, esta empresa dentro de su Sistema de Diligencia Debida
(SDD), dispone de un riguroso sistema de evaluación de proveedores,
que se concretará en los sistemas internos de gestión, programas
informáticos de control de stocks, facturación, etc.
Artículo 8 - Evaluación de riesgos por países. Consideraciones y criterios generales.
De acuerdo a lo expuesto anteriormente (en relación a la rigurosidad que
exige esta tarea), en la evaluación de riesgos por países, esta empresa ha
tenido en cuenta una visión amplia tratando de abarcar las principales
fuentes de información (en cuanto a la problemática de la tala ilegal) a
nivel internacional.
Artículo 9 - Clasificación de riesgos, criterior y asignación de riesgos.
Las empresas asociadas, en su Sistema de Diligencia Debida, siguen
los criterios y directrices para la clasificación de riesgos que se
contienen en la Página Web: www.maderalegal.info. A tal efecto se
irán incorporando en estas DDD todas las informaciones relevantes
sobre el cumplimiento de la legislación forestal en los países de origen.
Artículo 10 - Clasificación de riesgos por países.
El sistema de clasificación de riesgos que sigue esta empresa en su SDD,
responde a las directrices que ha elaborado AEIM para sus empresas
asociadas. Al respecto se ha seguido un sistema de “semáforos” en una
escala desde el verde al rojo.
Este esquema es similar, si bien más detallado, al que siguen otras
organizaciones internacionales.
Esta empresa ha querido configurar una escala más amplia con el
propósito de destacar los avances en la gobernanza forestal y en el
cumplimiento de las leyes de los países de origen de la madera.
De acuerdo a la referida escala de “semáforos”, la empresa
ha establecido las siguientes asignaciones de riesgos o categorías:
- Verde y blanco: Riesgo despreciable. La apreciación entre las dos
categorías es simplemente de matices, ya que realmente no se puede hablar de “países sin riesgo”. Por eso preferimos utilizar el término “riesgo despreciable” (en inglés “negligible risk”). El color blanco se ha asignado a países que todavía pueden mejorar su gobernanza forestal.
- Amarillo: Cierto riesgo. A partir de este color el SDD de esta
empresa ya aprecia en los países riesgo y por lo tanto es preciso
adoptar medidas de mitigación o reducción de riesgos. En el caso
de este color, se encuadran países que con una leve mejora en sus
sistemas de gobernanza forestal podrían pasar a encuadrase
como de riesgo despreciable.
- Naranja: Riesgo considerable. En esta categoría el SDD aprecia ya
un riesgo notorio por lo que es preciso tomar medidas adecuadas
para mitigar el riesgo.
- Rojo: Riesgo elevado. Cuando se compran productos procedentes
de países encuadrados en esta categoría es preciso extremar las
precauciones al máximo ya que se trata de países en los que la
tala ilegal es frecuente.
Artículo 11 - Número de países por distribución geográfica
El número de los países evaluados según la distribución geográfica es el
siguiente:
- Norte América: 3
- África: 23
- América del Sur y Central: 19
- Asia y Oceania: 25
- Resto de Europa: 15
(Incluyendo Reino Unido)
Al respecto, esta empresa dentro de su Sistema de Diligencia Debida
(SDD), dispone de un riguroso sistema de evaluación de proveedores,
que se concretará en los sistemas internos de gestión, programas
informáticos de control de stocks, facturación, etc.